Consejo de Estado anula personería jurídica del partido Creemos
Mediante sentencia proferida el 18 de abril de 2024, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la Resolución 2239 de 2023, por la cual el Consejo Nacional Electoral reconoció la personería jurídica del partido político Creemos.
La Alta Corporación encontró que se infringió el artículo 108 de la Constitución Política y se incurrió en falsa motivación, teniendo en cuenta que la colectividad no participó en las elecciones al Congreso de la República, celebradas el 13 de marzo de 2022, puesto que no inscribió candidatos para dicha contienda electoral. Además, se precisó que la figura de la adhesión no se considera admisible para ser usada por los grupos significativos de ciudadanos y tampoco para reunir los requisitos necesarios para la obtención del mencionado atributo.
Adicionalmente, la sala electoral consideró improcedente acceder a la personería jurídica por cuenta de las reglas excepcionales perfiladas por la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Por un lado, se recordó que la implementación del Acuerdo de Paz de 2016, citado entre las motivaciones de la resolución demandada, no tiene valor normativo y su implementación requiere de la promulgación de las leyes que establezcan, para el caso, los criterios sobre los cuales eventualmente las organizaciones políticas podrán adquirir la personería jurídica con base en consideraciones distintas al requisito constitucional vigente del umbral de votación.