Judicial

Procuraduría formuló cargos por posibles irregularidades en la construcción de cuatro puestos de salud en Guainía

Por posibles irregularidades relacionadas con la construcción de cuatro puestos de salud en Guainía, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra tres exfuncionarios de la gobernación de ese departamento y dos representantes legales del Consorcio Infraestructura Guainía.

Se trata de los entonces secretarios de Planeación de Guainía y supervisores de los cuestionados contratos, Luis Ovelio Lugo Piraván y Fredy Duberney Páez Toloza; el contratista, José Miranda Garrido, quien habría apoyado la supervisión de uno de los bilaterales y los representantes legales del Consorcio Infraestructura  Guainía, para la época de los hechos, Héctor Fernando García Garay y Rafael Eduardo Comas Mejía.

Las presuntas irregularidades se habrían presentado en los contratos nro. 301 y 302 de construcción y 330 de 2015 de interventoría de los puestos de salud de Pajuil, Puerto  Esperanza, Remanso, Chorrobocón y Barrancominas.

Al parecer, los entonces representantes legales García Garay y Comas Mejía no realizaron adecuadamente la interventoría a su cargo, pues habrían informado tardíamente sobre los posibles incumplimientos presentados en las construcciones, lo que generó la declaratoria de incumplimiento de los contratos nro. 301 y 302 de 2015.

Esta conducta objeto de investigación también habría sido atribuida provisionalmente a José Miranda Garrido, quien como particular ejercía labores de apoyo a la supervisión de uno de los negocios jurídicos.

El ente disciplinario también formuló cargos a los entonces secretarios de Planeación y Lugo Piraván y Fredy Duberney Páez, quienes no habrían garantizado la función pública al momento de realizar la supervisión y toma de decisiones para resolver  las falencias presentadas en los contratos de obra e interventoría 302 y 330 de 2015, respectivamente.

Para la Procuraduría, el resultado del incumplimiento contractual, declarado tardíamente en el año 2018 para un contrato ejecutado entre 2015 y 2017, “permiten inferir  que su actividad como secretarios de planeación no dio lugar a una actuación de la administración que permitiera evitar el detrimento patrimonial de obras inconclusas de los puestos de salud”.

Las conductas objeto de reproche fueron calificadas provisionalmente como faltas gravísimas cometidas a título de culpa gravísima.

Crédito Llanogas

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