
Secretaría de Salud del Meta solicita cumplimiento de nueva normatividad para uso de equipos de radiación ionizante
- La Secretaría de Salud del Meta informó que ya se encuentra en vigencia la Resolución 1811 de 2025, normativa expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social que establece nuevas disposiciones para las prácticas que utilizan equipos generadores de radiación ionizante en los sectores médico, veterinario, industrial y de investigación.
De acuerdo con la entidad, la resolución comenzó a regir desde el 4 de marzo del presente año, por lo que las personas naturales o jurídicas que prestan servicios de protección radiológica, realizan control de calidad o utilizan este tipo de equipos deben aplicar los lineamientos establecidos en la nueva regulación.
La Secretaría de Salud del Meta recordó que, en cumplimiento de la Ley 9 de 1979, es obligatorio realizar ante la autoridad sanitaria departamental los trámites relacionados con expedición, renovación o modificación de licencias para las prácticas médicas, veterinarias o de investigación que involucren el uso de equipos generadores de radiación ionizante.
“La resolución expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social establece un nuevo marco regulatorio para las prácticas médicas, veterinarias, industriales y de investigación que utilizan este tipo de equipos, así como para la obtención de las licencias correspondientes”, explicó Yuli Rodríguez Zarta, técnico administrativo de la Secretaría de Salud del Meta.
Para cumplir con la normativa, los interesados deberán presentar ante la Secretaría de Salud del Meta los formatos técnicos, la documentación requerida, los programas de protección radiológica, los protocolos de control de calidad y la infraestructura técnica exigida por la resolución.
Estas disposiciones buscan garantizar el cumplimiento de los estándares establecidos por el Ministerio de Salud y fortalecer las condiciones de seguridad en el uso de equipos que generan radiación ionizante dentro de las diferentes actividades autorizadas.



