Asamblea del Meta, daclaró la vacancia de la curul que venía ocupando Héctor Fabio Vélez Bermúdez, "Mariachi"

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Mediante la Resolución No 184 de septiembre 2 de 2026, la Asamblea del Meta resolvió dar cumplimiento a la sentencia de segunda instancia, proferida el 28 de mayo de 2026, por el Consejo de Estado, sección primera, dentro del proceso No 50001-2333-000-2025-00113-0, mediante la máxima autoridad de lo contencioso administrativo, decretó la pérdida de investidura de HÉCTOR FABIO VÉLEZ BERMÚDEZ, como diputado del Departamento del Meta.


Explica la resolución No 184 que como consecuencia directa de la ejecutoria de la sentencia, ocurrida el 27 de agosto de 2026,  se configuró respecto del señor HÉCTOR FABIO VÉLEZ BERMÚDEZ, la falta absoluta configurada en el numeral 4 del artículo 57 de la Ley 2200 de 2022.  Así la situación jurídica  se declara la VACANCIA de la curul, como consecuencia de la falta absoluta configurada por la perdida de la investidura decretada por el Consejo de Estado.


El Consejo de Estado, en su fallo del 28 de mayo de 2026, decidió REVOCAR la sentencia del 24 de julio de 2025, proferida por el Tribunal Administrativo del Meta, y en su lugar decidió DECRETAR la pérdida de investidura del señor HÉCTOR FABIO VÉLEZ BERMÚDEZ, al considerar que, el "accionado redundó en un benficio particular, actual y directo al gestionar el pago de facturas por concepto de honorios y perfeccionar un negocio con quién ostentaba la doble condición de abogado personal y de la duma.


La Corporación indica  adicionalmente que: "La conducta propia de una persona diligente, prudente y cuidadosa debió conducir  al accionado a apartarse de toda la actuación administrativa adelantada, en su calidad de ordenador del gasto, dentro del expediente del contrato 016 del 23 de enero de 2025 celebrado con el señor JAIME ANDRÉS LÓPEZ GUTIÉRREZ, abogado tanto de la asamblea como suyo".


La curul será ocupada, tal como lo dispone el artículo 134 de la Constitución Naciona y la Ley 2200 de 2022, por el candidato no elegido  que, según el orden de inscripción o votación obtenido, siga en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral, es decir el señor DAVID  FERNANDO BARBOSA POSADA. 


La pérdida de investidura, significa la "muerte política", ya que pierde la curul de inmediato y queda inhabilitado de por vida para aspirar a cargos de elección popular. 




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