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Suspenden elección de Altus Alejandro Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral

La Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió el acto de elección de Altus Alejandro Baquero Rueda como magistrado del Consejo Nacional Electoral.

La Sala estudió el recurso de reposición interpuesto por la demandante en contra del auto que negó la solicitud de suspensión provisional del acto demandado. En esa ocasión, la Sección Quinta consideró que no era posible acceder a dicha petición, al existir dos posturas en punto a determinar hasta cuando se debía contabilizar la experiencia profesional de quince años que exige el artículo 232, numeral 4 de la Constitución Política.

Sin embargo, al reexaminar las dos interpretaciones de la norma, la Sala encontró que la que resulta más ajustada al ordenamiento jurídico es aquella que señala que la experiencia profesional se debe contabilizar desde la obtención del título de abogado hasta la fecha de postulación del aspirante a magistrado del CNE y no la sostenida por el demandado, quien aducía que el extremo final debía ser la fecha de elección.

A partir de lo anterior, se concluyó que al obtener el título de abogado el 23 de agosto de 2007 y ser postulado el 17 de agosto de 2022, el demandado tan solo tendría a esta última fecha un total de catorce (14) años, once (11) meses y veinticuatro (24) días de experiencia profesional; razón suficiente para suspender el acto de elección demandado.

Referencia: NULIDAD ELECTORAL
Radicación: 11001-03-28-000-2022-00322-00
Demandante: María Angélica García Sarmiento
Demandado: Altus Alejandro Baquero Rueda – magistrado del Consejo
Nacional Electoral, periodo 2022 – 2026

Crédito Llanogas

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