Judicial

Consejo de Estado niega las pretensiones de nulidad del acto de elección de la gobernadora del Cesar

La Sección Quinta del Consejo de Estado, en sentencia de única instancia del 27 de febrero del 2025, negó las pretensiones de la demanda de nulidad electoral presentada en contra del acto que declaró la elección de la señora Elvia Milena Sanjuan Dávila como gobernadora del Cesar para el período constitucional 2024-2027.

La máxima corporación  de lo contencioso administrativo,  estudió los alegatos presentados por los demandantes, quienes indicaron que la señora Sanjuan Dávila había incurrido en la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo, al presuntamente haber favorecido las aspiraciones de candidatos en los municipios de Valledupar, Chimichagua, Gamarra, San Diego y Aguachica, todos ellos del departamento del Cesar, quienes habían sido avalados por colectividades políticas distintas de aquella en la cual milita la electa gobernadora.

La Sala de Decisión, una vez valoradas las pruebas aportadas al proceso, determinó, por un lado, que se acreditó que el Partido de la Unión por la Gente -partido de la U- no contaba con aspirante propio a las alcaldías de Valledupar, Gamarra y Aguachica, de manera directa o a través de coaliciones o adhesiones, por lo que la demandada estaba en libertad de apoyar cualquier aspiración.

De otra parte, revisados los elementos de convicción en relación con el presunto apoyo al aspirante al concejo de Chimichagua por la Alianza Verde y a la alcaldía de San Diego con el aval del Partido Liberal Colombiano, no se logró determinar que, en efecto, la señora Sanjuan Dávila hubiere adelantado actos positivos, concretos e inequívocos en favor de dichas campañas políticas.

En conclusión, la Sección Quinta encontró que no se acreditaron los elementos de la conducta reprochada, por lo que, en consecuencia, negó las pretensiones de la demanda.

 

 

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